TCP declara nula la sesión presidida por Andrónico


Fuente  Correo del Sur |

La Sala Plena del TCP ha declarado nulos de pleno derecho los actos del presidente del Senado, Andrónico Rodríguez, en su convocatoria a la séptima sesión ordinaria de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), reunida el 6 de junio, cuando se aprobaron leyes relacionadas con la cesación de magistrados, un decreto presidencial de amnistía e indulto y un crédito internacional.

La decisión del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) está en proceso de firmas entre los magistrados, aunque la mayoría de ellos ya le puso su rúbrica, para posteriormente ser notificada a las partes intervinientes en este caso. Se espera que esto se produzca en las próximas horas.

CORREO DEL SUR supo de fuentes extraoficiales que la Sala Plena del TCP declaró nulos los actos de Rodríguez que, pese a haber sido notificado con la admisión de un Recurso Directo de Nulidad (RDN) interpuesto por el diputado Juan José Jáuregui, prosiguió con la convocatoria a la sesión (el 5 de junio) y, al día siguiente, presidió la plenaria.

“La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, en aplicación del art. 147 del Código Procesal Constitucional, evidencia en el trámite del presente recurso de nulidad, la existencia de una nulidad procesal por su origen; en consecuencia, resultan nulos de pleno derecho todos los actos legislativos, efectuadas por la autoridad recurrida, Andrónico Rodríguez Ledezma, Presidente de la Cámara de Senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), con posterioridad a su notificación con el AC0254/2024 CA de 6 de junio”, dice el Por Tanto de esa resolución, que aún no ha sido oficializada.

¿QUÉ DICE EL ART. 147?

El artículo 147 del Código Procesal Constitucional (CPCo) dispone la suspensión de las competencias de la autoridad demandada una vez admitido el RDN; eso es lo que ocurrió el 6 de junio, horas previas a la sesión.

Textualmente, dice lo siguiente: “Desde el momento de la notificación con el Recurso Directo de Nulidad (RDN) queda suspendida la competencia de la autoridad recurrida con relación al caso concreto. Será nula de pleno derecho toda disposición que se dicte con posterioridad”.

PEDIDO DE CHOQUEHUANCA

El 8 de junio, el presidente nato de la ALP, David Choquehuanca, envió una nota al TCP solicitando que se pronuncie sobre lo obrado en la sesión de la ALP convocada y presidida por Rodríguez, pese a una medida cautelar del TCP que había dispuesto la suspensión de esa convocatoria.

Once días después, el 19 de junio, el TCP se pronunció con la nulidad de obrados de Rodríguez.

PLAZO

Este jueves 20 de junio se cumplen los diez días hábiles para que el Ejecutivo promulgue las normas aprobadas en la séptima sesión ordinaria de la ALP. La otra opción que tiene es devolverlas a la Asamblea con observaciones.

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