Servicio Militar... ¿una obligación?


Sentencia sobre Servicio Militar vulnera acuerdo entre Bolivia y CIDH
Redacción Oxígeno
24/03/2016 - 19:51


Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El 27 de octubre de 2005, el Estado Boliviano representado por el ex Ministro de Defensa Gonzalo Mendez, arribó a un acuerdo de solución amistosa con el ciudadano Alfredo Diaz Bustos, la solución fue aprobada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, mediante el Informe Nº 97/05, que soluciona la Petición 14/2004.  En el caso Alfredo Diaz, alegó ser Testigo de Jehova y acusó al Estado de violar su derecho a la objeción de conciencia y religión y su obligación de garantizar los Derechos de forma directa e inmediata. En ese caso el Tribunal Constitucional de Bolivia, había negado el derecho a Alfredo Diaz y este alegó la vulneración al derecho a la protección judicial.

El acuerdo arribado determinó, la obligación del Estado boliviano, representado por el Ministerio de Defensa Nacional, que se comprometió el año 2005 a las siguientes obligaciones:

d) en concordancia con el derecho internacional de los derechos humanos, incorporar en los anteproyectos normativos de reforma a la legislación militar actualmente en revisión por el Ministerio de Defensa Nacional y las FFAA, el derecho a la objeción de conciencia respecto al servicio militar;
e) promover, junto al Viceministerio de Justicia, la aprobación congresal de la legislación militar que incorpore el derecho a la objeción de conciencia respecto al servicio militar;
El caso cobra vigencia y actualidad, porque el día de ayer el Tribunal Constitucional Plurinacional, a través del Magistrado Relator Osvaldo Valencia, negó el derecho del ciudadano Jose Ignacio Orias a la “objeción de conciencia”.  Con el precedente establecido en el caso Diaz Bustos, de llevarse el caso ante la Justicia Interamericana, es previsible que se determine la responsabilidad internacional del Estado por incumplimiento de sus obligaciones de protección y trato igual a sus ciudadanos.  Los derechos humanos por su carácter progresivo, no permiten el retroceso de estos y un trato diferente a situaciones similares.

Esta noticia fue extraída de Oxígeno.... A continuación los antecedentes de la misma extraída de Página Siete, ya que la anterior no esta muy entendible por tratarse de un lenguaje técnico...


El “caso Orías” abre el debate sobre el servicio militar obligatorio

En 2005, el Estado boliviano se comprometió a incluir la cláusula de la objeción de conciencia en la normativa, algo que no se cumplió hasta la fecha. Activistas, autoridades y militares analizan el tema.

Pablo Peralta
Periodista
El caso Orías generó revuelo  tanto en la sociedad como en el Estado   por su valor y significación  en el campo de los  derechos humanos. Pero no es un asunto  nuevo para el país: ya el 2005 se conoció un proceso parecido,   que culminó en instancias internacionales.
José Ignacio Orías  presentó un amparo constitucional que fue declarado parcialmente procedente; el trámite  pasó al Tribunal Constitucional, donde debe ser resuelto. El joven de 18 años pretende  no realizar el servicio militar apelando a la objeción de conciencia. Orías piensa recurrir hasta la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) si es que obtiene un resultado negativo.
"Mi conciencia me exigía seguir mis principios y mis principios me exigen mostrar que estoy en  contra de esto, que va contra mis convicciones”, sostiene el joven.
De consolidarse la procedencia del recurso, dicen los especialistas, se podría establecer  jurisprudencia y sentar un precedente en este tipo de casos.

La CPE, ¿contradictoria?
Quienes están a favor del caso de Orías apelan al argumento de que la nueva Constitución Política del Estado (CPE) se contradice al instituir que el Estado es "pacifista” y, al mismo tiempo,  establecer que todo boliviano estará obligado a prestar su servicio militar.
La apelación al recurso de  objeción de conciencia está inscrita en otras disposiciones de la Carta Magna y también en relación a  instrumentos internacionales, dicen los consultados.
"El caso está en el marco de las libertades fundamentales garantizadas por la Constitución Política del Estado y amparadas por instrumentos internacionales de protección a los derechos de los ciudadanos”, explica Yolanda Herrera, past presidenta de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia.
Orías, quien cursa el primer año de Derecho, sostiene que cuando hay dos normas en la Constitución que se contradicen "los derechos  fundamentales deben ser privilegiados”. Agrega que el propio texto constitucional establece que "todas las normas de la Constitución están sujetas a los tratados internacionales de derechos humanos que firmamos”.

  El respaldo
El caso, además de captar la atención pública y generar revuelo,  logró captar el apoyo de organizaciones de Derechos Humanos, activistas y hasta un pronunciamiento favorable de la Defensoría del Pueblo.
Sobre esto último, el  defensor del Pueblo, Rolando Villena, expresó que "en el caso del ciudadano José Orías, consideramos que su demanda no sólo es justa sino legítima”.
¿Qué dicen los militares? "Ojalá tenga suerte, pero ojalá no esté por detrás de esta situación alguna movida política e ideológica”, dice el exsenador y excomandante del Ejército Marcelo Antezana.

Un caso de objeción
En el país ya hay un precedente sobre objeción de conciencia, aunque resuelto en instancias internacionales. El 27 de octubre de 2005, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos  aprobó un "acuerdo de solución amistosa”, en el que el boliviano Alfredo Díaz Busto quedó eximido de prestar su servicio militar obligatorio.
Así, Díaz se convirtió en el primer boliviano -y hasta ahora el único- en lograr la aceptación de la objeción de conciencia. En su caso primaron las razones religiosas -es Testigo de Jehová- para apelar a ese recurso.
El informe del CIDH establece que el Estado boliviano "se comprometió a entregar la libreta de redención de manera gratuita” y también se comprometió a "incorporar en los anteproyectos normativos de reforma a la legislación militar -actualmente en revisión por el Ministerio de Defensa y las FFAA- el derecho a la objeción de conciencia”.
Esto último no ocurrió, pese a que en el país años después a ese acuerdo se redactó la Constitución que rige en la actualidad.  La exconstituyente  Loyola Gúzman sostiene que "la nueva Constitución boliviana no contempla en su catálogo de derechos el de ‘objeción de conciencia’ y en consecuencia el Estado sigue incumpliendo los puntos del acuerdo con el CIDH”.

Agrega que el Estado también incumple el artículo 256 de la Carta Magna que establece  que los tratados e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos de la que Bolivia son parte y que declaren derechos más favorables a los contenidos en la Constitución  se aplicarán de manera preferente sobre ésta.
"Se puede concluir que el actual gobierno no tiene la voluntad política para cambiar el servicio militar obligatorio ni aceptar la objeción de conciencia”, afirma Guzmán.
Ideas consultó sobre el asunto al diputado oficialista Aniceto Choque, presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara Baja, quien respondió lo siguiente:  "No hemos tocado todavía ese tema. No tengo conocimiento”.

¿Eliminar la obligatoriedad?
Entre las líneas de reflexión que emergieron después del revuelo del caso Orías está la de impulsar la eliminación del servicio militar obligatorio y, por otro lado, la introducción de la "cláusula de conciencia” en la normativa nacional. No obstante, hoy por hoy, ambas opciones pasan por la reforma de la Constitución Política del Estado.
Verónica Sánchez, secretaria general de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de La Paz, considera que debe introducirse ese recurso, como una alternativa para quienes no quieran pasar por el cuartel, aunque desde esa organización  apoyan la idea de que se elimine  el servicio militar obligatorio, debido a los casos de supuestas torturas y muertes de conscriptos y premilitares que se presentaron en los últimos años.
El general Antezana considera lo siguiente sobre el tema y las demás implicancias que puede tener el caso en cuanto a una reforma de la Constitución: "No podemos oponernos a aquello, pero sí que se cumpla la ley. Si se aprueba cualquier tipo de ley, ésta debe estar orientada a modificar la Constitución y luego llevarla a un referendo a nivel nacional”.
 No obstante, también el caso abrió la posibilidad de debatir sobre la búsqueda del "servicio militar voluntario y unas Fuerzas Armadas profesionales, tal como venimos persiguiendo un grupo de militares desde hace más de 20 años”.
Considera que si se incrementa el presupuesto de esta institución, las FFAA podrían recurrir a cuadros o tropas profesionales a quienes poder  pagar un sueldo. "Ojalá esto sea un motivo para que se vuelva a retomar la posibilidad de tener unas fuerzas profesionales”, comenta.
A diferencia del primer boliviano que logró la objeción de conciencia,  en el caso de Orías no prima el  factor religioso sino de "convicciones”, sostiene éste. Para Verónica Sánchez el apelar a preservar sus valores, que aprendió desde niño y que pueden ser contradecidos por las FFAA, es un "argumento extraordinariamente fuerte y hay que tomar en cuenta”.
Con todo, el Defensor del Pueblo considera que éste es  un tema que debe debatirse desde la perspectiva jurídica, pero también ética, velando siempre por el respeto más amplio a los derechos humanos.


Objeción de conciencia, un derecho reconocido
  Rolando Villena Villegas,  Defensor del Pueblo

La objeción de conciencia al servicio militar obligatorio por motivos religiosos o filosóficos, aunque no se encuentra explicitado en el ordenamiento jurídico nacional o internacional, es un derecho que ha sido reconocido por el Comité de Derechos Humanos de la ONU al señalar que "(la objeción de conciencia) puede derivarse del artículo 18 (del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos), en la medida en que la obligación de utilizar la fuerza mortífera puede entrar en grave conflicto con la libertad de conciencia y el derecho a manifestar y expresar creencias religiosas u otras creencias”.
Pero, además, el Art. 10 de la Constitución Política  establece  que "Bolivia es un Estado pacifista, que promueve la cultura de la paz…”, lo que evidencia que existen ciertas definiciones sustantivas en la Constitución que deben ser correspondidas con las leyes, o cuando menos deben ser interpretadas en su real dimensión.
En el caso del ciudadano José Orías, consideramos que su demanda no sólo es justa sino legítima, por las razones expuestas, pero además por el antecedente de Díaz Bustos, un joven miembro de la Iglesia de los Testigos de Jehová que en 2005 logró un acuerdo amistoso con el Gobierno boliviano  a partir de la intervención de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que reconoció su objeción de conciencia al servicio militar.
En todo caso es un tema que debe debatirse desde la perspectiva jurídica, pero también ética, velando siempre por el respeto más amplio a los derechos humanos.


 José Ignacio Orías, estudiante de Comunicación y Derecho
"Mi conciencia me exigía seguir mis principios”
 José Ignacio Orías no recuerda cuántas entrevistas concedió desde que su caso se hizo público. Ha perdido la cuenta. Estudia Comunicación y Derecho y asegura que sus principios le exigen mostrar que está en contra del servicio militar obligatorio.
 Antes que nada quisiera preguntarte ¿quién es José Ignacio Orías?
Bueno, yo soy alguien muy simple. No creo encontrar la felicidad en el mundo material, me gusta pensar mucho. Me gustan la películas. Me gusta manejar bicicleta.

Tu caso se volvió  mediático, ¿lo esperabas?
No, para nada. Yo pensaba que iba a ser un artículo y para mí significaba algo más que un recuerdo mío, que iba a ser un proceso burocrático simplemente, pero, bueno, causó un impacto.
Creo que esto demuestra que sí había un tema entre los jóvenes que   no se atrevían a expresar y que yo sí tuve la iniciativa de hacerlo, y tuve mucha repercusión porque sí hay mucho interés al respecto.
¿Cuál es la razón por la que decidiste presentar el recurso?
El silencio da consentimiento y mi conciencia me exigía seguir mis principios y mis principios me exigen mostrar que estoy en contra de esto, que va contra mis convicciones.

Entiendo que enviaste una carta al Ministerio de Defensa. ¿Qué respuesta  te dieron?
Fue una respuesta no muy buena, así de que no porque no, punto.
Antes de todo, ¿te pasó  por la mente comprar la libreta?
Comprar de manera ilegal no y después, cuando yo empecé esto, todos mis amigos y la gente me decía no, para qué vas a hacer, te vas a complicar, sólo cómprala, y yo decía "no, porque yo quiero hacer lo correcto”.
Hay un caso precedente, el de  Alfredo Díaz. ¿Lo conocías? ¿Te inspiraste en él?
Sí conocí el caso; y sí, lo estudiamos mucho. Es un poco diferente, tal vez, pero sí nos sirvió mucho.
En ese caso pesaba que Alfredo es Testigo de Jehová...  En tu caso cuál dirías que,  no hablemos de ideología, pero hablemos de corrientes de pensamiento.
Yo siento que hay un poco de discriminación por la naturaleza de mis convicciones y eso me parece que está mal, porque si bien él siguió algo tradicional y es lo suyo, está bien y lo respetaron,  y eso está bien.
Pero porque yo tenga algo no tradicional lo cuestionan, y bueno si lo cuestionan, que lo cuestionen y yo  voy a demostrar que mis convicciones son tan fuertes como las de alguien que sigue una religión tradicional.
¿El servicio militar debe dejar de ser obligatorio?
No. Tendrían que hacer  -algo que ya se comprometieron hace mucho- es crear la cláusula que permita la libertad a la objeción de conciencia y todos los objetores de conciencia tendrían un camino legal al que seguir.

 ¿Cómo se te ha dado por estudiar Derecho y Comunicación al mismo tiempo?

Comunicación, me parece que es lo que  pienso , es la manera de llegarle a la gente, de crear una cultura de paz. Derecho me gusta por ver cómo se construyó el concepto de justicia.
 ¿Te abriste un paso a este mundo y que tiene que ver con  el activismo. Piensas dedicarte a esto?
Yo creo que definitivamente ahora voy a seguir el camino del ac

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